En esta entrada abordamos las novedades mercantiles 2019. Hay cambios muy relevantes en materia mercantil para 2019.
Los tres principales bloques de novedades son los siguientes:
- Información no financiera
- Art 348 bis TRLSC derecho de separación del socio
- Política de diversidad de sociedades anónimas cotizadas
Entraremos ahora en materia punto por punto:
1-Información no financiera
Hace unos 15 días se publicó en el BOE la ley sobre información no financiera, dentro de las novedades mercantiles de 2019.
El alcance de la información no financiera se ha incrementado de forma notable y afecta ya tanto a grandes como empresas medianas.
Con la ley de 29 de diciembre de 2018, las principales novedades son:
- El alcance , afectando ya a muchas más empresas que en el ejercicio anterior
- El contenido, se ha ampliado la información no financiera que habrá que proporcionar con respecto al año pasado
- Difusión, la ley obliga a que esta información no financiera sea publicada en las páginas web de las sociedades dentro de los 6 primeros meses del ejercicio. Previamente existirá un plazo de 3 meses para su formulación y aprobación. Se trata de dar relevancia a este tipo de información no financiera
- El estado de información no financiera debe ser revisado por un prestador de servicios independiente. No podría ser el auditor , ya que solo debe verificar que existe el estado de información no financiera y nada más. Será otro profesional independiente el que deba revisarlo y requerirá de un informe adicional al de auditoría de cuentas, aunque no se establece un plazo ni límite para la emisión de ese informe de información no financiera
¿A quien afecta la presentación de este nuevo estado de información no financiera?
Básicamente a 2 grupos
- 1.Entidades de interés público con más de 500 empleados
- 2.Grupos o sociedades de capital cuya media de empleados sea superior a 500 trabajadores y que durante dos ejercicios consecutivos cumplan dos de los siguientes 3 requisitos:
- 20 mill € activos
- 40 mill € ventas
- Número medio trabajadores 250
Si debemos tener en cuenta que existe un periodo transitorio y es previsible que las cifras se vayan reduciendo progresivamente y afecte a un número mayor de empresas. Sin lugar a dudas esto requerirá recursos en los departamentos financieros que tendrán que dedicar tiempo a su preparación. Es imprescindible la involucracion de la alta dirección que será la última responsable de esta información proporcionada.
Al término de los 3 años, estarán obligadas más empresas que superen 1 de los 3 requisitos y ya no será necesario cumplir 2 de los requisitos.
¿como será el estado de información no financiera introducido como novedad mercantil 2019?
Se podrá presentar bien dentro del informe de gestión o en un informe separado.
El contenido que debe incluir será:
- Medioambientales
- Respeto de los derechos humanos
- Personal
- Sociales
- Corrupción y soborno
A continuación, compartimos un Ejemplo de informe de información no financiera
Global reporting (GRI ) global standards , el profesional que realice la revisión utilizará normalmente esas guías.
Debido a que es un nuevo estado financiero, y existe poca información al respecto de cómo se revisara por parte del profesional independiente, si podremos decir que probablemente, ese profesional independiente que revise el estado de información no financiera, tendrá que recurrir a los Global standards GRI
La difusión de este informe es importante . Debe poder descargarse de forma gratuita y como indicábamos anteriormente debe estar en la web de la sociedad. También se abordan los indicadores claves para medir los resultados de cada una de las políticas. Lo más probable es que estos KPI sean desarrollados con disposiciones reglamentarias.
2-Derecho separación del socio
Como sabemos en ejercicios anteriores se Régulo este tema entrando en vigor en el 2016. Sin embargo en la práctica está descapitalizando empresas y por ello se han aprobado cambios relevantes.
De esta forma se han establecido más límites para ejercitar este derecho de separación de socios. En qué casos si se podrá ejercitar este derecho si se cumplen todos los requisitos que decimos a continuación :
- Que en los últimos 3 ejercicios haya benéficios
- Que no Hayan distribuido un 25 % de los dividendos que legalmente pudieran distribuirse, salvo que así se indique en los estatutos, ya que entonces no aplicaría.
Si la sociedad presenta cuentas consolidadas también habría que hacer análisis a nivel consolidado.
¿Que excepciones hay en este derecho de separación del socio?
No aplicaría a:
- Sociedades cotizadas
- Sociedades en concurso
- Sociedades en búsqueda de acuerdos de refinanciacion
- Sociedades que hayan alcanzado acuerdo de financiación
- Sociedades anónimas deportivas
3-Política de diversidad de sociedades anónimas cotizadas
Las sociedades cotizadas tendrán que informar sobre la diversidad del Consejo de Administración , de la Dirección o de comisiones especializadas
Esto incluiría abordar:
- Discapacidad
- Experiencia
- Género
- Formación
- Edad
Puede consultar con nuestros expertos, para obtener mayor información de cualquiera de estos aspectos.
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